Registro de los derechos de autor

A los escritores les gusta pensar su obra, darle forma, corregirla, imaginarla impresa. A algunos les interesará participar del proceso de diagramación y diseño; a otros, no tanto. Algunos disfrutarán las presentaciones de sus libros, otros se pondrán nerviosos y padecerán pánico escénico. En este proceso, lo que es un denominador común es que todo trámite que se interponga entre su escrito y su libro resulta tedioso, complejo y, por qué no, innecesario.

Sin embargo, hay pasos que se deben seguir, que son muy importantes para proteger lo propio y, así, poder compartirlo con un vasto público. Uno de ellos es el registro de los derechos de autor.
Se puede registrar la autoridad de obras inéditas, de obras publicadas, de contratos, de trámites, de declaraciones juradas, de editoriales y de seudónimos. La importancia de esta gestión reside en que protege al autor sobre los derechos de su obra.
Funciona así: hacés el trámite y tu creación queda al resguardo del Ministerio de Justicia. Si en algún momento tenés algún problema, se abre ante un juez el sobre lacrado que lleva tu firma y se evalúa el conflicto. Es realmente una garantía, yo lo recomiendo.

En esta oportunidad, quisiera compartir algunas indicaciones para registrar una obra inédita no musical (como por ejemplo un libro que aún no ha sido publicado) y ediciones ya publicadas.

  • Primer paso:  definir a qué quiero aplicar el derecho de autor, porque a partir de esta información deberemos buscar el formulario correspondiente. ¿Qué significa esto? Si quiero registrar una obra inédita no musical, necesitaré el Formulario I; en cambio, si lo que deseo es registrar ediciones ya publicadas, tendré que conseguir el Formulario C.
  • Segundo paso:  conseguir el formulario. Este trámite depende del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, es decir que su oficina principal se encuentra en Buenos Aires.
    Quienes quieran registrar obras inéditas no musicales podrán adquirir su formulario en la Dirección Nacional (Moreno 1228 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en las receptorías que se encuentran en el interior del país o por correspondencia. Tiene un valor de veinticinco pesos ($ 25).
    Aquellos que deseen tramitar el derecho de autor para una edición ya publicada podrán conseguir su formulario en el Ente Cooperador Cámara Argentina del Libro (Av. Belgrano 1580 – 4º piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o por correspondencia. Su costo es de treinta pesos ($ 30).
  • Tercer paso: presentar el formulario completo y una copia de la obra en un sobre cerrado, lacrado y firmado. Este trámite se realiza en los lugares consignados en el paso anterior.
    Si la obra ya fue publicada deberá adjuntarse el certificado de ISBN. Además, si la tirada es menor a cien ejemplares, bastará con presentar un solo ejemplar. Si fuera mayor, será necesario adjuntar cuatro ejemplares.

El derecho de autor sobre obras inéditas no musicales no es obligatorio. Su función es proteger al autor desde la creación de su obra hasta su edición. Tiene una validez de tres años.

El derecho de autor sobre obras publicadas es obligatorio dentro de los noventa (90) días de su impresión. Su función es garantizar los derechos del autor sobre su obra y los del editor sobre su edición.

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